La Ley N° 29944 - Ley de la Reforma Magisterial y los factores que
motivan la potestad sancionadora del Estado en las instituciones educativas
públicas
Diana Elizabeth Castillo Silva
ORCID: 0000-0002-2086-1049
Universidad César Vallejo – Campus Chepén
Magister en Gestión Pública
RESUMEN
El
año 2012 el Estado Peruano, inicia un cambio significativo en el sector
educación, emitiendo la Ley N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial, cuyo
objetivo es regular la relación entre el Estado y los profesores, quienes se
encuentran sujetos al régimen laboral de la carrera pública magisterial. En
este contexto, la presente investigación formula como problema ¿Conocen los
docentes peruanos que la Ley N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial perfecciona
la potestad sancionadora del Estado en las instituciones educativas públicas? y
planteamos como hipótesis: Que, el escaso conocimiento de los deberes de los
profesores, las carencias de
capacitación en los profesores y el desconocimiento de la potestad sancionadora
del estado a través de sus procedimientos administrativos disciplinarios,
podrían ser los factores preponderantes que repercuten en el incumplimiento de
sus deberes como profesores, ejecutan prohibiciones y omiten la norma, la cual
regula su vinculación contractual con el Estado Peruano; lo cual, repercute en
el aumento del proceso administrativo disciplinario para profesores de
Instituciones Públicas. Para esta
investigación, se tomó como fuente de información el Inventario Actualizado
documental, Análisis de expedientes, Fichaje y
Acopio Documental de los Procedimientos Administrativos Disciplinarios
de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 04 Trujillo Sur Este. Se obtuvo como
resultado que el escaso conocimiento de sus deberes de los profesores, es un
factor preponderante que origina el proceso administrativo disciplinario para
profesores de Instituciones Públicas en la UGEL N° 04 Trujillo Sur Este; Así se
determinó, que existe carencias de capacitación en los profesores,
constituyendo un factor importante que origina el proceso administrativo
disciplinario para profesores de Instituciones Públicas en la UGEL N° 04
Trujillo Sur Este; debido a que no existe un Plan de Capacitación en cuanto a
las obligaciones del docente, así como en el derecho administrativo
disciplinario sancionador del Estado. Finalmente se logró determinar, que el
incumplimiento de sus deberes funcionales del profesor es una causa principal
que origina el proceso administrativo disciplinario para profesores de
Instituciones Públicas en la UGEL N° 04 Trujillo Sur Este.
PALABRAS
CLAVE
Derecho
disciplinario, Potestad sancionadora, debido proceso administrativo
disciplinario.
ABSTRACT
In 2012, the Peruvian State initiated a significant
change in the education sector, issuing Law No. 29944 Law of Teacher Reform,
whose objective is to regulate the relationship between the State and teachers,
who are subject to the labor regime of the public teaching career. In this
context, the present investigation formulates as a problem: Do Peruvian
teachers know that Law No. 29944 Law of the Magisterial Reform perfects the
sanctioning power of the State in public educational institutions? and we propose
as hypotheses: That, the scarce knowledge of the duties of the teachers, the
lack of training in the teachers and the ignorance of the sanctioning power of
the state through its disciplinary administrative procedures, could be the
preponderant factors that affect the breach of their duties as teachers, they
execute prohibitions and omit the norm, which regulates their contractual
relationship with the Peruvian State; which, has repercussions in the increase
of the disciplinary administrative process for professors of Public
Institutions. For this research, the source of information was the Updated
Documentary Inventory, File Analysis, Filing and Document Collection of the
Administrative Disciplinary Procedures of the Local Educational Management Unit
No. 04 Trujillo Sur Este. It was obtained as a result that the little knowledge
of their duties of the professors, is a preponderant factor that originates the
disciplinary administrative process for professors of Public Institutions in
the UGEL N ° 04 Trujillo Sur Este; Thus, it was determined that there is a lack
of training in teachers, constituting an important factor that originates the
disciplinary administrative process for teachers of Public Institutions at UGEL
No. 04 Trujillo Sur Este; Due to the fact that there is no Training Plan
regarding the obligations of the teacher, as well as the disciplinary
administrative law of the State. Finally, it was determined that the failure of
the teacher's functional duties is a main cause that originates the disciplinary
administrative process for teachers of Public Institutions at UGEL N ° 04
Trujillo Sur Este.
KEYWORDS
Disciplinary law, sanctioning power, due disciplinary
administrative process.
INTRODUCCIÓN
La Ley
N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial, precisa el ejercicio de la potestad
sancionadora del Estado, en este régimen disciplinario del servicio educativo
el docente se someterá a proceso disciplinario de acuerdo a donde ejerzan
labores y cumplan funciones; así mismo por la gravedad de la falta
disciplinaria.
Que, de
acuerdo a los antecedentes en cuanto a estudios de procesos administrativos
disciplinarios en las Unidades de gestión Educativa Descentralizada en el Perú,
a consideración de la suscrita, las más significativas son: Octavio (2017) en su tesis de post grado
titulada “Procedimiento administrativo disciplinario y motivación laboral de
los directores de las instituciones educativas, UGEL 05, San Juan de
Lurigancho” y la investigación de Uriol (2017), en su tesis “Utilización de
medios probatorios en los procedimientos disciplinarios en el sector educación
y su afectación al debido procedimiento”; quienes abordan aspectos de mayor
relevancia en cuanto a procesos administrativos disciplinarios.
Así
tenemos que en la Unidad de Gestión Educativa Local, a través de la Comisión
Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios a docentes de
instituciones educativas públicas dentro de la jurisdicción de la Unidad de
Gestión Educativa Local N° 04 Trujillo Sur Este (UGEL N° 04 TSE), se encarga de
los procesos administrativos disciplinarios por faltas graves y muy graves, que
ameriten sanción de cese temporal o destitución.
Que, en
la presente investigación, se ha trabajado con la fuente de información del
Inventario Actualizado documental, Análisis de expedientes, Fichaje y Acopio Documental; determinando que la UGEL
N° 04 TSE, cuenta con denuncias administrativas graves y muy graves, contra
profesores, imputándoseles diferentes cargos como: hostilidad laboral a
subordinados, Agresión verbal contra subordinados, Asignación de funciones que
no corresponde a subordinados; así mismo existen denuncias por maltrato físico,
sexual y psicológico representa aspectos denunciados como ejecutar, promover o
encubrir, dentro o fuera de la institución educativa, actos de violencia
física, actos contra la libertad sexual, actos de violencia psicológica, que
afecten y causen perjuicio contra los derechos fundamentales de los estudiantes
o en agravio de cualquier miembro de la comunidad educativa; Finalmente existen
denuncias, porque el profesor realiza cobros irregulares, Actos de calumnia,
injuria y difamación, Abandono de cargo injustificadamente entre otros.
Por lo
expuesto y considerando que las denuncias en contra docentes, se encuentran
como una constante en la gestión administrativa; a través del presente artículo
de investigación que busca primero conocer y luego generar las condiciones para
mejorar la capacidad de los profesores, quienes prestan un servicio público
esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad,
a una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia; razón de ser del ejercicio
profesional docente.
METODOLOGÍA
Nuestra
investigación tomo como Línea de investigación a la Reforma y Modernización del
estado; orientado al Tipo de investigación: descriptiva; toda vez que nuestra
población la conformaron los expedientes de denuncias administrativas derivados
a las Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para
docentes de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 04 Trujillo Sur Este, desde
el periodo del 2016 al 2018.
Nuestra
muestra la conformó los expedientes de denuncias administrativas derivados a
las Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para
docentes de la Unidad de Gestión Educativa Local N° 04 Trujillo Sur Este, desde
el periodo de los años 2016 - 2018, que se encuentran pre-calificados y en
investigación, dentro del procedimiento administrativo disciplinario, a fin de
determinar su archivo o proponer al titular de la entidad sanción.
RESULTADOS
Tabla 1
Expedientes administrativos de denuncias contra los profesores de
instituciones públicas de la UGEL N° 04 TSE del año 2016
Denuncias Administrativas |
fi |
% |
||
Incumplimiento de funciones |
48 |
57 |
||
Denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico |
18 |
21 |
||
Abuso de Autoridad |
19 |
22 |
||
TOTAL
|
85 |
100% |
Fuente: Acervo Documentario CPPADD UGEL N° 04 TSE
Elaboración: Propia
Gráfico 1. Distribución de denuncias administrativas
Interpretación:
El gráfico muestra la clasificación de
expedientes de denuncias administrativas, donde: la serie de Abuso de Autoridad
representa al 22%; en cuanto a las Denuncias por maltrato físico, sexual y
psicológico representa el 21%; por último y el que demuestra mayor significado
en el año 2016, constituye al 57% que representa las denuncias por
Incumplimiento de deberes funcionales.
Tabla 2
Expedientes administrativos de denuncias contra los profesores de
instituciones públicas de la UGEL N° 04 TSE del año 2017
Denuncias Administrativas |
fi |
% |
||
Incumplimiento de funciones |
13 |
34 |
||
Denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico |
7 |
19 |
||
Abuso de Autoridad |
18 |
47 |
||
TOTAL
|
|
100% |
Fuente: Acervo Documentario CPPADD UGEL N° 04 TSE
Elaboración: Propia
Gráfico 2. Distribución de denuncias administrativas
Interpretación:
El gráfico muestra la clasificación de
expedientes de denuncias administrativas, donde: la serie de Abuso de Autoridad
representa al 47% de denuncias siendo estas significativas; en cuanto a las
Denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico representa el 19%; por
último el 34% representa las denuncias por Incumplimiento de deberes
funcionales.
Tabla 3
Expedientes administrativos de denuncias contra los profesores de
instituciones públicas de la UGEL N° 04 TSE del año 2018
Denuncias Administrativas |
fi |
% |
||
Incumplimiento de funciones |
10 |
32 |
||
Denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico |
13 |
42 |
||
Abuso de Autoridad |
8 |
26 |
||
TOTAL
|
|
100% |
Fuente: Acervo Documentario CPPADD UGEL N° 04 TSE
Elaboración: Propia
Gráfico 3. Distribución de denuncias administrativas
Interpretación:
El gráfico muestra la clasificación de
expedientes de denuncias administrativas, donde: la serie de Abuso de Autoridad
representa al 32%; en cuanto a las Denuncias por maltrato físico, sexual y
psicológico representa el 2018 se incrementó de manera significativa con el
42%; por último el 26% representa las denuncias por Incumplimiento de deberes
funcionales.
Tabla 4
Expedientes administrativos de denuncias contra los profesores de
instituciones públicas de la UGEL N° 04 TSE
Denuncias Administrativas |
2016 |
2017 |
2018 |
||
Incumplimiento de funciones |
48 |
13 |
10 |
||
Denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico |
18 |
7 |
13 |
||
Abuso de Autoridad |
19 |
18 |
8 |
||
TOTAL
|
85 |
38 |
31 |
Fuente: Acervo Documentario CPPADD UGEL N° 04 TSE
Elaboración: Propia
Gráfico 4. Distribución de denuncias administrativas
Interpretación:
El gráfico muestra la clasificación de
expedientes, donde: la serie de Abuso de Autoridad representa aspectos
denunciados como hostilidad laboral a subordinados, Agresión verbal contra subordinados,
Asignación de funciones que no corresponde a subordinados, que representa al
27%; en cuanto a las Denuncias por maltrato físico, sexual y psicológico
representa aspectos denunciados como ejecutar, promover o encubrir, dentro o
fuera de la institución educativa, actos de violencia física, actos contra la
libertad sexual, actos de violencia psicológica, que afecten y causen perjuicio
contra los derechos fundamentales de los estudiantes o en agravio de cualquier
miembro de la comunidad educativa, que representa a un 21%; por último el 57%
representa las denuncias por Incumplimiento de deberes funcionales del docente
contemplados en el Artículo 40° de la LRM o al Código de ética de la función
pública; así como el ejercicio de prohibiciones como cobros irregulares, Actos
de calumnia, injuria y difamación, Abandono de cargo injustificadamente entre
otros.
Tabla 5
Expedientes administrativos de denuncias contra los profesores de
instituciones públicas de la UGEL N° 04 TSE del año 2016 al 2018
Denuncias Administrativas |
fi |
% |
||
Año 2016 |
85 |
55 |
||
Año 2017 |
38 |
25 |
||
Año 2018 |
31 |
20 |
||
TOTAL
|
|
100% |
Fuente: Acervo Documentario CPPADD UGEL N° 04 TSE
Elaboración: Propia
Gráfico 5. Distribución de denuncias administrativas por años
Interpretación:
El gráfico muestra la clasificación de
expedientes de denuncias administrativas por años, donde se logra determinar
que el año 2016 se tiene el mayor número de denuncias, las cuales representan
el 55%; Así, el año 2017 se nota una significativa disminución de denuncias las
mismas que representan a un 25%; finalmente se puede determinar que el año
2018, sigue disminuyendo considerablemente las denuncias constituyendo el 20%.
Tabla 6:
Expedientes administrativos de denuncias en
las cuales se da por concluido el proceso administrativo disciplinario contra
los profesores de instituciones públicas de la UGEL N° 04 TSE
RESOLUCIONES |
CANTIDAD |
Resoluciones de Archivo del PAD |
15 |
Resoluciones de Sanción |
28 |
Resoluciones declaradas Nulas por la Autoridad Nacional del Servicio
Civil |
06 |
TOTAL |
49 |
Fuente: Acervo Documentario CPPADD UGEL N° 04 TSE
Elaboración: Propia
Gráfico 6. Distribución de denuncias administrativas
Interpretación:
El titular de la Entidad Educativa Descentralizada,
en este caso el Director de la UGEL N° 04 TSE, ha culminado el proceso
administrativo disciplinario, contra docentes de instituciones educativas
públicas, aplicando las recomendaciones del CPPADD, dentro de sus prerrogativas
como Titular de la entidad, el gráfico muestra que de las denuncias
presentadas, el 57% concluyeron con Resoluciones de Archivo; Así el 21% ha
concluido con Resoluciones de Sanción, en las cuales se ha comprobado
responsabilidad administrativa del profesor; y sólo el 12% de Resoluciones de
Sanción fueron declaradas Nulas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil.
DISCUSIÓN
Las
políticas normativas emanadas del sector educación, buscan constantemente un
cambio significativo en la sociedad.
Que,
en este contexto de los hallazgos encontrados y los resultados logrados, en
esta investigación en la Unidad de Gestión Educativa Local N° 04 TSE, es
posible determinar, que existen profesores que desconocen sus obligaciones
prescritas en el Artículo 40° de la Ley N° 29944 Ley de la Reforma Magisterial,
debido al gran número de denuncias que existen en la Comisión Permanente de
Procesos Administrativos Disciplinarios de la UGEL N° 04 TSE desde el año 2016
al 2018.
Así
mismo, a través de esta investigación se determina que el profesor comete una
actividad infractora grave o muy grave, así es posible determinar que dicha
actuación el profesor la ejecuta sin la debida precaución o conocimiento del
caso concreto; donde se denota la ausencia de diligencia para evitar afectar
bienes jurídicos protegidos, cuyo resultado es el ejercicio de la potestad
sancionadora del Estado, previo proceso
administrativo disciplinario.
En
el mismo sentido, la institución no cuenta con un plan de capacitación especial
en materia legislativa para los docentes de su jurisdicción.
De
acuerdo a lo anteriormente señalado, es posible determinar que del producto del
escaso conocimiento de las obligaciones del profesor y las carencias en cuanto
a la capacitación de la normativa vigente del proceso administrativo
disciplinario sancionar, conlleva a que exista un riesgo de incremento de
denuncias por incumplimiento deberes funcionales del docente contemplados en el
Artículo 40° de la LRM o al Código de ética de la función pública; así como la
ejecución de prohibiciones u omisiones a la normativa educativa por parte de
los profesores; las mismas que previo a un debido proceso ejercido por la
Comisión Permanente de Proceso Administrativo Disciplinario para docentes de
Instituciones Públicas de la UGEL N° 04 TSE; y al cumplimiento irrestricto de
los derechos fundamentales de la persona, originen la aplicación de sanciones
desde el cese temporal hasta la más gravosa, como es la destitución con
consecuente inhabilitación para el sector público, por infracciones
administrativas graves y muy graves; ejercidas por profesores nombrados,
contratados y cesantes del Estado Peruano.
CONCLUSIONES
La
presente investigación demuestra la Hipótesis,, refiriendo que;
· El desconocimiento de los deberes funcionales
de los profesores contemplados en el Artículo 40° de la Ley N° 29944 Ley de la
Reforma Magisterial es un factor principal de denuncias administrativas,
evidenciándose 154 expedientes de denuncias en la CPPADD en contra de docentes
de Instituciones Públicas de la Jurisdicción de la UGEL 04 TSE por diversas
imputaciones que presuntamente afectan bienes jurídicos protegidos.
· Existe carencias de capacitación en los
profesores, constituyendo un factor importante que origina el proceso
administrativo disciplinario para profesores de Instituciones Públicas en la
UGEL N° 04 Trujillo Sur Este; debido a que no existe un Plan de Capacitación en
las obligaciones del docente, así como en el derecho administrativo
disciplinario sancionador del Estado.
· Que, nuestra investigación determina, que el incumplimiento de sus
deberes del profesor es una causa principal que origina el proceso
administrativo disciplinario para profesores de Instituciones Públicas en la
UGEL N° 04 Trujillo Sur Este; siendo que el 57% de denuncias administrativas
que se encuentran a cargo del CPPADD UGEL N° 04 TSE, es por el Incumplimiento
de deberes funcionales del docente contemplados en el Artículo 40° de la LRM o
al Código de ética de la función pública; así como el ejercicio de
prohibiciones como cobros irregulares, Actos de calumnia, injuria y difamación,
Abandono de cargo injustificadamente entre otros.
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debido proceso.
RECONOCIMIENTOS
· Al Dra. Tania Baca Romero, quien se ha
contribuido en esta investigación.
· A la Dra. Mabel Otiniano León, por la
confianza otorgada en la presente investigación.
· Al Dr. Juan Carlos Espejo Lázaro, por su constante
apoyo en la realización de la presente investigación.